DOCUMENT DE TREBALL – 8. ELS JUEUS A LA BORRIANA MEDIEVAL.
1247, juny 15. València
Jaume I enfranqueix de lleuda, peatge i portatge els jueus dels estats de la corona d'Aragó, per les bèsties amb els que es traslladaran d'un lloc a un altre.
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria Reial. Còdex 9 de la Casa Reial , f. 10r. Còpia simple de començaments del segle XIV[Huici-Cabanes, 1976, nº 464], [Garcia Edo, 1988, p. 126]
Noverint universi, quod nos Jacobus Dei gratia rex Aragonum et Valencie, comes Barchinone et Urgelli et dominus Montispesulani, per nos et nostros concedimus et indulgemus universis et singulis judeis tocius regni Valencie et Aragonie, et Catalonie et Maiorice, et tocius alterius jurisdiccionis nostre, presentibus et futuris, imperpetuum, quomodo in aliquo castro, villa, nec in Burriana vel Paniscola seu quolibet alio loco Valencie regni, non donent leudam, portaticum sive pedaticum, nec aliquid aliud racione bestiarum in quibus personaliter equitaverint, immo sint a supradictis racione predicta franchi et liberi et inmunes imperpetuum.
Datum Valencie XVIIº kalendas julii anno Domini Mº.CC.XLº.VIIº.
Sig+num Jacobi, Dei gratia regis Aragonum, Maioricarum et Valencie, comitis Barchinone, Urgelli, et domini Montispesulani. (ARXIU VIRTUAL JAUME I)
Llig el text.
La aljama de judíos de Burriana. (Siglos XIII-XV). Sobre un text de José Ramón Magdalena Nom de Déu.
Comenta l’autor del text de referència que la presència dels jueus a Borriana en l’època musulmana no està suficientment constatada. Només hi ha una breu referència en un treball de Gonzalo Maeso, qui afirma que entre els segles XI i XII, “en la taifa valenciana (Sahlah, o actual Plana de Castellón), ilustres personajes judíos gozaron de la privanza de los príncipes, ocupando altos puestos”.
(…) Tras la conquista, la vida jurídica de los judíos estaba regulada por los Furs. (…) Podían ejercer cargos públicos (…) En Burriana tenemos documentados varios judíos funcionarios reales: Astrug Jacob Xixó aparece como Baile de la villa desde 1268 hasta 1273.(…) Los Furs prohibían a los judíos la compra de siervos cristianos.(…) Igualmente se veían obligados a celebrar, en la misma forma que los cristianos, la festividad de Viernes Santo, con prohibiciones tan especiales y peregrinas como la de abstenerse de bañarse en tan señalada fecha.(…) En las pruebas testificales ante la Cort se seguía el principio de equidad generalmente establecido: el cristiano probaba contra judío aportando un testigo judío y otro cristiano; el judío contra cristiano, de igual modo, sustituyéndose a veces esta probanza al presentar el cristiano dos testigos judíos, y viceversa.
La regulación de la usura se estableció en los Furs siguiendo análogas disposiciones a las adoptadas por los Fueros de Aragón.(…) A los judíos, así como a los mudéjares, se les permitía poseer tiendas y obradores y dedicarse al comercio con entera libertad.
En 1272 el infante don Pedro concede franquicias de las peitas, cuestias y otras exacciones reales, al judío Samuel Ça Real.(…) En 1274 Jaime I otorga 4 jovades de tierra en el regadío, un patio edificable, una jovada y media para viñedos, cerca de la Acequia Mayor , y un trozo de tierra para huerto al judío Salomón Vidal.(…) Estas medidas buscan afianzar la repoblación de las tierras conquistadas con un activo grupo social, que aseguraría una importante fuente de ingresos a la tesorería real. (…) En 1326, Jaime II concede facultad a los judíos de Burriana para que habiliten un terreno en el término municipal como cementerio (anteriormente tenían que trasladarlos a Sagunto para darles sepultura según sus costumbres). En este momento ya disponen de Sinagoga en el recinto de la judería. (…) En 1383 se dictaron una serie de provisiones reales por las que se regulaban las relaciones entre judíos y conversos. (…) Se prohibía a estos últimos cualquier relación con sus antiguos correligionarios y que ningún cristiano pudiese albergar, recibir o admitir en sus domicilios a los judíos de las aljamas del Rey, y viceversa.(…) En 1391 se produjo una persecución contra los judíos y muchos murieron por no acceder a la conversión. En 1399 el rey Martín I inició una política de restauración, concediendo a los judíos que habitaban o fuesen a repoblar y formar nueva aljama en Burriana, los mismos privilegios que a la sazón gozaban los de la aljama de Murvedre, (…) permitiéndoles tener sinagoga y escuela, y que se expropien las casas de la antigua judería que habían sido ocupadas por cristianos.(…) En febrero de 1413, Benedicto XIII, el papa Luna, dicta la bula Etsi doctoris gentium. Con ella, se instaura una política de máxima represión y limitación para los hebreos para llevarles hacia la conversión forzosa. Esta persecución cesará en febrero de 1419, cuando el rey Alfonso V El Magnánimo deroga la Pragmática del papa Luna y afirma que los judíos están autorizados a ir libremente por los caminos y lugares peligrosos sin llevar los distintivos judaicos (manda que no lleven la roda, un trozo de tela circular).(…) Los últimos documentos en donde se cita la aljama de Burriana se sitúan en 1474. Poco después se producirá su total expulsión de tierras españolas, con el decreto de expulsión de 1492 y el consiguiente de exterminio, en 1499, que dice: “Los judíos no conversos que se apresasen en tierras de España serán muertos y sus bienes confiscados”.
Conviene señalar que aljama es una voz que designa a la comunidad o reunión de judíos, al conjunto de la población hebrea de una localidad como unidad jurídica y social; judería es el sector urbano habitado por la aljama. La aljama se organizaba mediante diferentes cargos: adelantados, secretarios, clavarios o consejeros.
(…) El centro de la vida religiosa, cultural y espiritual de las aljamas era la sinagoga. La de Burriana, aludida en un documento de 1399, junto con la escuela o midrasa, la podemos ubicar en la calle de la Judería , actual calle de los Desamparados, al lado de la ermita de la Sang y adosada al muro medieval norte, cerca del Portal de Tortosa.
QÜESTIONARI
1) Quines notícies donen a entendre que al rei li interessava l’establiment dels jueus a les noves terres conquerides?
2) Com eren les relacions entre els jueus i els cristians? Comenta alguna norma de conducta.
3) Què passà en 1391?
4) El rei Martí I El Humà era favorable o desfavorable als jueus? I el papa Luna?
5) En quin any desaparegueren els jueus de tot España?
6) Quina diferència hi ha entre judería i aljama?
7) Localitza en un plànol medieval de Borriana la sinagoga jueva.